A- de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Ruperto Medellin Sandoval Y Otros·Demandado Superintendencia Nacional De Puertos Y Transportes
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Reiteración auto A.124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Fusagasugá y la Sala de Decisión de Tutelas No. 1 de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala Plena de la Corporación encontró que la Corte Suprema de Justicia decidió, en estricta aplicación del inciso 2º del artículo 1º del Decreto 1382 de 2000, declarar la nulidad de todo lo actuado por falta de competencia, en tanto consideró que la entidad accionada pertenecía al sector descentralizado por servicios del orden nacional, lo que generaba que su conocimiento correspondiera a los jueces del circuito y a no al tribunal que dictó la sentencia en primera instancia.
Precisa la Corporación, que la nulidad por omisión de las simples reglas de reparto del Decreto 1382 de 2000 va en contra de la garantía efectiva de los derechos fundamentales de las personas que confían en este medio de protección, el cual debe resolverse de manera sumaria y célere.
Se decide el asunto ordenando la remisión del expediente a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo la impugnación formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del doce (12) de marzo de dos mil quince (2015) de la Sala de Decision de tutelas No1 perteneciente a la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia dentro de las acciones de tutela de Ruperto Medellin Sandoval, Gabriel Narino Angel, Luis Eduardo Gonzalez Cifuentes y Efrain Sanchez Callejas en contra de la Superintendencia de Puertos y Transportes.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2359 a la Sala de Decision de tutelas No1 de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corte, COMUNICAR al Juzgado
- Primero. (1o) Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de conocimiento de Fusagasuga, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.